Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130302-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

77
Procedimiento ordinario 1.169 de 2011

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 161 de 2012-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos García Viana, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Savoy Ocio, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara insolvencia provisional total de la ejecutada “Savoy Ocio, Sociedad Limitada”, por un principal de 4.500 euros, más 900 euros calculados provisionalmente para costas e intereses, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social), y también, una vez la presente devenga firme, expídanse los testimonios necesarios para iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, y remítanse por correo certificado al demandante.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/64/0161/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Savoy Ocio, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 23 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.773/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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