Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130301-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

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54
Notificación declaración extinción ocupación bien demanial

Habiéndose intentado la notificación en debida forma, sin resultado, del decreto del alcalde-presidente de fecha 25 de febrero de 2013, por el que se procede a la declaración de extinción de ocupación del bien demanial local sede del Centro de Protección Animal de Parla y preaviso de desalojo y lanzamiento; bien que la entidad “Recasur y Servicios a Animales, Sociedad Limitada”, está ocupando en precario desde el 8 de enero de 2013.

En dicho decreto se resuelve:

Primero.—Declarar extinguido el uso en precario que la empresa “Recasur y Servicios a Animales, Sociedad Limitada”, hace del bien de dominio público local sede del Centro de Protección Animal de Parla, sito en la calle Bruselas, número 2, ficha inventario de bienes número 1049.

Segundo.—Requerir a la persona o personas ocupantes para que, con carácter urgente, desalojen el dominio público ocupado en el plazo máximo de cinco días.

Tercero.—Si terminado el plazo de vencimiento del desalojo y cumplimiento voluntario del desahucio no se ha efectuado el mismo se procederá al lanzamiento, el cual se llevará a cabo por el Ayuntamiento con sus propios medios, sin que resulte preciso nuevo requerimiento, dentro de los cinco días siguientes a la finalización de aquel plazo; pudiendo solicitarse para el mismo el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Cuarto.—Notifíquese el presente acto definitivo y finalizador de la vía administrativa, con indicación del régimen de recursos que en derecho procedan a la interesada.

Se procede a su publicación a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como del oportuno edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento; todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El expediente con toda la documentación se encuentra en el Ayuntamiento de Parla, donde podrá dirigirse el interesado para cualquier información que precise.

Lo que le notifico haciéndole saber que el presente acto pone fin a la vía administrativa conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y contra la misma usted podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo (artículos 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses (artículo 46.1 de la Ley 29/1998) a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente notificación.

No obstante, de manera potestativa podrá, con carácter previo al recurso judicial indicado, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto (artículo 116.1 de la Ley 30/1992) en el plazo de un mes (artículo 117.1 de la Ley 30/1992) a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente notificación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso judicial contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición (artículo 116.2 de la Ley 30/1992), lo que se produce transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado su resolución (artículo 117.2 de la Ley 30/1992). Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Parla, a 26 de febrero de 2013.—El alcalde-presidente, José María Fraile Campos.

(02/1.509/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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