Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2013

Sección 2.111.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130301-27

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Delegación de Economía y Hacienda en Madrid

27
Notificación solicitud aplazamiento/fraccionamiento pago deuda

Por la presente se notifica al contribuyente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), al no haber podido realizarse la notificación en el domicilio que figura en los documentos existentes en esta Delegación. Por lo que se hace saber:

En relación con la solicitud de aplazamiento/fraccionamiento de pago de la deuda, a continuación indicada, a nombre de “Kina Biotech, Sociedad Limitada”, con CIF número B-95226536, se le requiere para que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, aporte en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación, los datos y/o documentos que se indican expresamente señalados con un aspa:

— Fotocopia del Código de Identificación Fiscal (CIF).

— Fotocopia del NIF del administrador o de la persona autorizada que firma la solicitud de aplazamiento.

— Un teléfono de contacto.

— Fotocopia de las escrituras de la empresa donde figura el administrador.

— Balance y cuenta de resultados del último ejercicio cerrado e informe de auditoría, si existe.

Garantías

A) Si la garantía ofrecida consiste en aval de entidad de crédito, sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución:

— Compromiso de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca, ajustado al modelo que se adjunta, o certificado de seguro de caución.

— A este efecto deberá acompañar fotocopia del poder de las personas que suscriben el aval en representación de la entidad financiera.

— Para estar exentos de la aportación de aval deberán efectuar un ingreso parcial para que la deuda no exceda de 18.000 euros, liquidándose, si procede, los intereses de demora correspondientes.

La falta de aportación de la anterior documentación en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de este requerimiento, que deberá remitirse a la Delegación de Economía y Hacienda, calle Guzmán el Bueno, número 139, tercera planta, despacho 306, 28071 Madrid, determinará tenerle por no presentada su solicitud, archivándose la misma sin más trámite, lo que conllevaría exigir dicha deuda por la vía de apremio mediante la notificación de la oportuna providencia de apremio, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 46.6 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Concepto. — Referencia contable. — Fecha de plazo para el pago en período voluntario. — Importe

Reintegro operaciones capital. — 00028201200052367. — 21 de mayo de 2012. — 83.071,34 euros.

Madrid, a 5 de febrero de 2013.—El delegado de Economía y Hacienda, José Luis Torres Fernández.

(02/1.015/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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