Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130301-231

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

EDICTO

231
Ejecución 59 de 2009

Doña Vicenta García Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 59 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hassan Chrif, don Rubén Vaquerizo Molina, don Saturnino López Muñoz, don Germán García Castillo, don Mohamed El Ouahabi, don Francisco Javier Cazorla Menor, don Richard José Arenas Villareal, don Ahmed El Ouahabi y don Abdelghani Amouhay, contra la empresa “Anja Urbana, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Vicenta García Saavedra Bastazo.—En Toledo, a 21 de enero de 2013.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Alzar el embargo trabado en esta ejecución sobre las fincas siguientes:

Finca número 7.222 de Yuncler, Idufir 45013000921674, parcela 118, zona de ordenanza SAU 5, valorada a efectos de subasta en 44.820 euros.

Finca número 7.229 de Yuncler, Idufir 45013000921742, parcela 125, zona de ordenanza SAU 5, valorada en 45.360 euros.

Finca número 7.232 de Yuncler, Idufir 45013000921773, parcela 128, zona de ordenanza SAU 5, valorada en 41.310 euros.

Librar mandamiento, por duplicado, a fin de que se cancele la anotación preventiva de embargo acordada sobre las citadas fincas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Anja Urbana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 21 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.559/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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