Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130301-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

77
Procedimiento 1.006 de 2010

En el juicio sobre relaciones parterno-filiales número 1.006 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

La ilustrísima señora doña María del Carmen Rodilla Rodilla, magistrada-juez de primera instancia del número 27 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de regulación de relaciones paterno-filiales supuesto contencioso seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 1.006 de 2010, a instancias de doña Angélica Nicoleta Jurj, representada por la procuradora doña Susana Clemente Mármol y defendida por la letrada doña María Rosa Llorente Utrilla, siendo parte demandada don Ion Ilie Micu, que ha sido declarado en rebeldía, habiendo sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

Estimando en parte la demanda promovida por la procuradora doña Susana Clemente Mármol, en nombre y representación de doña Angélica Nicoleta Jurj, frente a don Ion Ilie Micu, sobre regulación de relaciones paterno-filiales respecto de la menor de edad Sorina Denisa Micu, se acuerda la adopción de las siguientes medidas:

Primera. Se atribuye la guarda y custodia de la citada menor a su madre doña Angélica Nicoleta Jurj, quien ejercerá en exclusiva las funciones de la patria potestad, cuya titularidad ostentarán ambos progenitores.

Segunda. El régimen de visitas del progenitor no custodio con la menor y el importe de la pensión que el padre ha de abonar para el sostenimiento de la citada hija se determinará en el proceso modificatorio correspondiente, si se revelare causa para ello.

No procede realizar especial declaración sobre las costas del presente procedimiento. Los efectos de esta resolución se producen desde la fecha de su dictado.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, conforme a lo prevenido en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de llevarse a efecto lo acordado en aplicación del apartado 5 del artículo 774 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Ion Ilie Micu, que se halla en paradero desconocido.

En Madrid, a 25 de enero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/3.666/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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