Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2013

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130228-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Novena

EDICTO

71
Procedimiento ordinario 192 de 2010

Don Joaquín Sampedro Escolar, secretario judicial de la Sección Novena de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario 192 de 2010 se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador de los Tribunales señor Alonso Verdú, en nombre y representación de la mercantil “France Telecom España, Sociedad Anónima”, contra la ordenanza fiscal, del Ayuntamiento de Leganés, reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general correspondiente al año 2010, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de febrero de 2009, anular y anulamos el artículo 5 de la ordenanza fiscal citada por no ser conforme a derecho.

No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.

Así, por esta nueva sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación

Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el ilustrísimo señor magistrado-juez, don Joaquín Herrero Muñoz-Cobo, ponente que ha sido para la resolución del presente recurso contencioso-administrativo, estando celebrando audiencia pública esta Sección, de lo que, como secretario de la misma, doy fe.

En Madrid, a 6 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.467/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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