Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2013

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130227-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2013, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Parcial de la Unidad de Ejecución 5C-4 del núcleo urbano de Cerceda, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por don Carlos García de Ceca y doña Alicia García de Ceca (Ac. 5/13).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 11 de febrero de 2013, ha examinado el expediente relativo al Plan Parcial de la Unidad de Ejecución 5C-4 del núcleo urbano de Cerceda, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por don Carlos García de Ceca y doña Alicia García de Ceca.

En virtud del contenido de los informes técnico y jurídico, de 5 de noviembre de 2012 y 18 de enero de 2013, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General con fecha de 18 de enero de 2013, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:

Primero

Aprobar definitivamente el Plan Parcial de la Unidad de Ejecución 5C-4 en suelo urbano no consolidado, perteneciente al núcleo urbano de Cerceda, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por don Carlos García de Ceca y doña Alicia García de Ceca, condicionado a que su ejecución se ajuste a las condiciones señaladas para su desarrollo en los informes emitidos por la Dirección General de Carreteras, de 27 de octubre de 2008; por la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 28 de junio de 2010, y por la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 21 de agosto de 2012.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 11 de febrero de 2013.—La Secretaria General Técnica, PDF (Resolución de 25 de octubre de 2012), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.

(02/1.277/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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