Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130227-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5

EDICTO

89
Procedimiento ordinario 222 de 2011

En el presente procedimiento, seguido a instancias de “Banco Santander, Sociedad Anónima”, frente a “Comercializadora Iberoamericana GS 2003, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por “Banco Santander, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los Tribunales doña María Teresa de Donesteve Velázquez-Gaztelu, frente a “Comercializadora Iberoamericana GS 2003, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 8.194,60 euros en concepto de principal, más un interés del 18 por 100 anual respecto de dicha cantidad, a contar desde el 4 de febrero de 2011 hasta el día del completo y efectivo pago del principal, así como a pagar a la actora la cantidad de 9.386,79 euros en concepto de indemnización, y a devolver a la demandante el vehículo marca “Mercedes-Benz”, modelo E 350 Classic Auto, matrícula 9785-FLB, con la condena a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 65,69 euros por cada día de retraso en la devolución de dicho vehículo, con expresa imposición de las costas causadas en esta primera instancia a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que doy fe.

Y encontrándose dicha demandada, “Comercializadora Iberoamericana GS 2003, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Coslada, a 15 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(02/810/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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