Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2013

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130226-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Padrones correspondientes ejercicio 2013

Por resolución de la Concejalía de Hacienda de 29 de enero de 2013, han sido aprobados inicialmente los padrones correspondientes al ejercicio 2013 de los impuestos que a continuación se relacionan:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Tasa de recogida domiciliaria de basuras.

— Tasa de licencia de autotaxi.

Que dichos padrones se encontrarán en la oficina municipal de Recaudación por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlo pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante la concejala-delegada de Hacienda, como paso previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo.

Que durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de marzo y el 15 de mayo de 2013 estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos del presente ejercicio correspondientes a los tributos anteriormente mencionados.

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de los recibos en cualquiera de las siguientes entidades de depósito: “Bankia”, “Banco Español de Crédito”, “Banco Santander”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” y “Banco Popular”, pudiendo solicitar duplicado del recibo en la oficina municipal de Recaudación sita en plaza Constitución, número 1, planta baja.

Los recibos con domiciliación bancaria se cargarán en cuenta el día 5 de marzo de 2013.

Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas de ahorro confederadas y cooperativas de crédito calificadas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva a todos los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdemorillo, a 29 de enero de 2013.—La concejala de Hacienda, Mercedes Martín Moreno.

(02/716/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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