Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130226-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Procedimiento ordinario 1.328 de 2011

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.328 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David García Caballero, frente a “Climaji, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por don David García Caballero, contra “Climaji, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad bruta de 2.051,68 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores respecto de la cantidad de 1.076,48 euros.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda.

Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso de suplicación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma de la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2012 a la empresa “Climaji, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.127/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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