Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2013

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130225-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

39
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y tasa ejercicio 2013

Aprobados por decreto de Alcaldía los padrones y listas cobratorias correspondientes al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y tasa por entrada de vehículos a través de aceras, y reservas de vías públicas para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, ejercicio 2013, se pone en conocimiento de los interesados que se hayan expuestos al público, en el Departamento de Rentas y Recaudación de este Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales podrán ser examinados y formular las alegaciones que estimen procedentes, siempre que versen sobre errores aritméticos o de hecho, pudiendo interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo ante la alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública de los padrones.

El cobro de los citados padrones se llevará a cabo en período voluntario desde el día 15 de marzo al 15 de mayo de 2013, ambos inclusive. El cargo en cuenta de los recibos domiciliados se realizará el día 10 de mayo de 2013.

Los pagos deberán efectuarse exclusivamente en las entidades bancarias siguientes: “Caja Madrid”, “Ibercaja”, “La Caixa” y “Banco Popular”, previa presentación del juego de impresos en cualquiera de las oficinas principales o sucursales, durante los días y horarios hábiles de ingreso que tales entidades tienen establecidos.

Los contribuyentes que no reciban el mencionado juego de impresos pueden dirigirse a las oficinas del Departamento de Recaudación de este Ayuntamiento, donde se les expedirá un duplicado.

Vencido el plazo en período voluntario, se aplicará un recargo del 5 por 100 hasta que le sea notificada la providencia de apremio; posteriormente, un recargo del 10 por 100 hasta el vencimiento del plazo que se indica en la notificación de la providencia de apremio. Transcurrido dicho plazo el recargo será del 20 por 100, más intereses de demora y costas del procedimiento (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación).

Fuente el Saz de Jarama, a 18 de febrero de 2013.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(02/1.335/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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