Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130225-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Procedimiento 535 de 2012

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 535 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mariano Jiménez Carro, don Juan Corona Raigal, don Antonio Vázquez Torres, don Luis Ángel Rodríguez Avia y don Antonio Martos Leal, frente a “Flash Papel, Sociedad Limitada”, “Gráficas Villa, Sociedad Limitada”, y “Llaurado Torres, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Fernando Alonso de Lera.—En Madrid, a 5 de febrero de 2013.

Por presentado el anterior escrito el 23 de enero de 2013 por la parte demandante don Mariano Jiménez Carro, don Juan Corona Raigal, don Antonio Vázquez Torres, don Luis Ángel Rodríguez Avia y don Antonio Martos Leal, únase a los autos de su razón, dese traslado del mismo a la contraparte, y visto su contenido, cítese a las partes de comparecencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social señalándose el día 3 de abril de 2013, a las nueve y cinco horas, en comparecencia en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, octava planta, con la prevención de tener por desistidos a los trabajadores de su solicitud, a caso de incomparecencia si constan debidamente citados, y de celebrar dicho acto sin la asistencia de las demandadas si no comparecen. Acto en el que serían examinadas las partes sobre los hechos alegados, admitiéndose las pruebas solicitadas, citándose al efecto a los representantes legales de las empresas para la práctica del interrogatorio y requiriéndose a dicha parte para que aporten los documentos solicitados.

Y dada la incidencia de la actual situación laboral de los trabajadores en los salarios de tramitación a que se refiere el artículo 279.2.c) del Ley de Procedimiento Laboral, en relación con el artículo 209 de la Ley de la Seguridad Social, de conformidad con el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial y Tesorería General de la Seguridad Social, únase a los autos informe de vida laboral de los mismos, desde la fecha del despido hasta esta fecha.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gráficas Villa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 5 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.401/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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