Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130225-104

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

104
Procedimiento ordinario 1.311 de 2012

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 1.311 de 2012, promovido por don Joao Augusto Jardino Bras, sobre reclamación de cantidad.

Persona que se cita: don Antonio Marcos González Fernández, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de don Antonio Marcos González Fernández sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta octava, el día 6 de mayo de 2013, a las diez y veinte horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Decreto

En Madrid, a 1 de febrero de 2013.

Parte dispositiva:

1. Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.

2. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 6 de mayo de 2013, a las diez y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, que se sustanciará por las reglas de procedimiento ordinario.

Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.

3. La parte actora designa al letrado don Juan Ramón Lacal Guzmán, designado del turno de oficio, con domicilio sito en la calle Cavanilles, número 46, primero, de Madrid.

4. Habiendo consultado la base de datos del Punto Neutro Judicial, apareciendo nuevo domicilio donde citar al demandado don Antonio Marcos González Fernández, cítese al mismo mediante correo ordinario, Servicio Común de Notificaciones y Embargos y, cautelarmente, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

5. Cítese al Fondo de Garantía Salarial, con traslado de copia de demanda y demás documentación a fin de que comparezca el día 6 de mayo de 2013, a las diez y veinte horas, para la celebración de los actos de juicio y/o conciliación.

Adviértase a las partes:

1. Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

2. Que si el demandante citado en forma no comparece ni alega justa causa que se lo impida se le tendrá por desistido de la demanda.

3. Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 1 de febrero de 2013.—La secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.

(03/4.396/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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