Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130225-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

69
Procedimiento ordinario 1.676 de 2012

Don Efraín Fernández Martínez, secretario del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue juicio ordinario número 1.676 de 2012, en el que se ha dictado la resolución, cuyos hechos y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretario judicial, don Efraín Fernández Martínez.—En Alcalá de Henares, a 14 de diciembre de 2012.

Antecedentes de hecho:

Único.—El procurador de los tribunales don Julio Cabellos Albertos, en nombre y representación de la comunidad de propietarios del polígono industrial “Azque”, de Alcalá de Henares, según acredita con el poder que acompaña, ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como parte demandada a “Azque, Sociedad Anónima”, y contra los terceros posibles e ignorados titulares extrarregistrales que pudieran tener interés legítimo sobre la finca objeto de autos, y acompañando la documentación pertinente.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el procurador de los tribunales don Julio Cabellos Albertos, en nombre y representación de la comunidad de propietarios del polígono industrial “Azque”, de Alcalá de Henares, frente a “Azque, Sociedad Anónima”, y contra los terceros posibles e ignorados titulares extrarregistrales que pudieran tener interés legítimo sobre la finca objeto de autos.

Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.

Emplazar a la parte demandada, con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste en el plazo de veinte días hábiles, con las siguientes prevenciones:

Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

La anterior información obtenida de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre la demandada “Azque, Sociedad Anónima”, únase, con entrega de copia. Siendo desconocido el domicilio de dicha sociedad, procédase al emplazamiento de la misma y de los terceros que pudieran tener interés en el procedimiento por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Al primer, cuarto y quinto otrosíes digo: se tienen por hechas las manifestaciones. Al tercer otrosí, el poder se ha aportado por testimonio.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el secretario que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario (firmado).

Y para que sirva de notificación en forma a “Azque, Sociedad Anónima”, y terceros que pudieran tener interés en el procedimiento, cuyo domicilio se desconoce, extiendo y firmo la presente en Alcalá de Henares, a 14 de diciembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/1.038/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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