Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2013

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130222-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Modificación créditos

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se hace constar que el expediente de modificación de créditos que a continuación se cita ha estado expuesto al público a efectos de reclamaciones durante el plazo legalmente establecido, sin que durante ese período se haya producido reclamación y/o sugerencia alguna al mismo, por lo que su aprobación inicial pasa a ser aprobación definitiva.

— Expediente 3/1/2013MC, de créditos extraordinarios por importe de 228.561,20 euros, que afecta al capítulo VI de gastos.

Dicho expediente fue aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 17 de enero de 2013.

Según lo dispuesto en el artículo 23.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en concordancia con el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer directamente contra el expediente indicado recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, sin perjuicio de poder efectuar cualquier otro recurso que se estime oportuno.

San Fernando de Henares, a 20 de febrero de 2013.—El alcalde, Julio Setién Martínez.

(03/5.666/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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