Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130222-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

66
Revocación nombramiento

Por resoluciones de Alcaldía, de 20 de febrero de 2013, se adoptaron los acuerdos que se trasladan a continuación:

“Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 23.3 de la misma Ley, el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 781/1986 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local y el artículo 52 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y a la vista de la dimisión presentada por el concejal y primer teniente de alcalde de este Ayuntamiento don Borja Baturone Blanc, según escrito presentado con número de registro de entrada 1.959, de 15 de febrero de 2013, y acuerdo plenario de 19 de febrero de 2013, por medio de la presente resuelvo:

1. Revocar el nombramiento efectuado por resolución de Alcaldía de 15 de junio de 2011 a favor de don Borja Baturone, como primer teniente de alcalde y miembro de la Junta de Gobierno Local.

2. Nombrar primer teniente de alcalde para que me sustituya en caso de ausencia o enfermedad al concejal de este Ayuntamiento don Javier Cuesta Moreno, así como miembro de la Junta de Gobierno Local.

Por otro lado, notificar esta resolución a los interesados, publicar la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo recogido en el artículo 46 del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, de conformidad con el Reglamento anteriormente citado”.

“Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente según lo establecido en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y a la vista del escrito presentado por el concejal de este Ayuntamiento don Borja Baturone Blanc con número de registro de entrada 1.959, de 15 de febrero de 2013, y acuerdo plenario de 19 de febrero de 2013, por medio de la presente resuelvo revocar:

1.o La delegación otorgada con carácter general y específico a don Borja Baturone Blanc en las áreas y servicios corporativos de Innovación y Participación Ciudadana, Organización y Recursos Humanos, por resolución de Alcaldía de 15 de junio de 2011.

2.o La delegación otorgada con carácter específico por resolución de Alcaldía de 29 de diciembre de 2011, por la que se ampliaba la delegación de atribuciones otorgada al concejal don Borja Baturone Blanc, mediante resolución de Alcaldía de fecha 15 de junio de 2011, en relación con el Área relativa a organización y recursos humanos, y que comprendía de forma específica las siguientes:

a) Distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.

b) Contratar al personal laboral de la Corporación y asignar al mismo a los distintos puestos de carácter laboral previstos en las correspondientes relaciones aprobadas por la Corporación, de acuerdo con la legislación laboral.

c) Nombrar y cesar al personal interino y temporal en los términos previstos en la legislación vigente.

d) La asignación individualizada del complemento de productividad y de las gratificaciones, conforme a las normas estatales reguladoras de las retribuciones del personal al servicio de las Corporaciones Locales.

3.o La delegación que con carácter específico se realizó a favor del concejal de este Ayuntamiento don Borja Baturone Blanc, por resolución de Alcaldía de 20 de junio de 2011, para el ejercicio de las siguientes facultades:

Coordinación de la gestión del Registro General y del Padrón Municipal de Habitantes, resolviendo mediante actos administrativos que afecten a terceros. La aprobación de consultas sobre el Registro General y sobre el Padrón, así como la firma de los documentos que sean precisos, incluidos los decretos, para el cumplimiento de las presentes facultades, y el visto bueno de las certificaciones. También, se delega la facultad de mantener las relaciones precisas con los órganos correspondientes de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos que tengan atribuidas competencias en materia de Registro y Padrón de viviendas.

En materia de personal, los de autorización y disposición de todos los gastos que figuren en la nómina y demás que procedan en esta materia delegada.

Por otro lado, notificar esta resolución a los interesados, publicar la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo recogido en el artículo 44 del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, de conformidad con el Reglamento anteriormente citado”.

“Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

1. Delegar en favor del concejal de este Ayuntamiento don Javier Cuesta Moreno la dirección y gestión de las siguientes áreas y servicios corporativos: Innovación y Participación Ciudadana, Organización y Recursos Humanos.

La presente delegación, que tendrá carácter genérico, comportará la facultad de resolver mediante actos administrativos, que afecten a terceros.

2. Delegar con carácter específico a favor del primer teniente de alcalde y concejal de Organización y Recursos Humanos, don Javier Cuesta Moreno, el ejercicio de las siguientes facultades:

a) La coordinación de la gestión del Registro General y del Padrón Municipal de Habitantes, resolviendo mediante actos administrativos que afecten a terceros. La aprobación de consultas sobre el Registro General y sobre el Padrón, así como la firma de los documentos que sean precisos, incluidos los decretos, para el cumplimiento de las presentes facultades, y el visto bueno de las certificaciones. También, se delega la facultad de mantener las relaciones precisas con los órganos correspondientes de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos que tengan atribuidas competencias en materia de Registro y Padrón de viviendas.

b) En materia de personal, los de autorización y disposición de todos los gastos que figuren en la nómina y demás que procedan en esta materia delegada.

3. En relación con el área relativa a Organización y Recursos Humanos, delegar de forma específica las siguientes atribuciones:

a) Distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.

b) Contratar al personal laboral de la Corporación y asignar al mismo a los distintos puestos de carácter laboral previstos en las correspondientes relaciones aprobadas por la Corporación, de acuerdo con la legislación laboral.

c) Nombrar y cesar al personal interino y eventual en los términos previstos en la legislación vigente.

d) La asignación individualizada del complemento de productividad y de las gratificaciones, conforme a las normas estatales reguladoras de las retribuciones del personal al servicio de las Corporaciones Locales.

Por otro lado, notificar esta resolución a los interesados, publicar la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo recogido en el artículo 44 del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, de conformidad con el Reglamento anteriormente citado”.

Paracuellos de Jarama, a 20 de febrero de 2013.—El alcalde (firmado).

(03/5.570/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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