Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130222-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

104
Autos 1.128 de 2008

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.128 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sonia Díaz Molino, contra “Vigilancia Integrada, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de desistimiento, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 26 de octubre de 2012.

La extiendo yo, el secretario judicial, para dar cuenta a su señoría ilustrísima del anterior escrito presentado el 22 de octubre de 2012 por la parte actora y turnado a este Juzgado el 23 de octubre de 2012, doy fe.

Auto

En Madrid, a 26 de octubre de 2012.

Parte dispositiva:

Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida de la demanda presentada y archívese el procedimiento sin más trámites.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo social en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima, doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Sonia Díaz Molino, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 22 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.907/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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