Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2013

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130222-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Duodécima

EDICTO

81
Recurso apelación 413 de 2011

Doña Carmen Pérez Rodríguez, secretaria de la Administración de Justicia, con destino en la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe: Que en el rollo de apelación número 413 de 2011 de esta Sección se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Visto en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de juicio cambiario número 61 de 2010, procedentes del Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo número 413 de 2011, en los que aparece como parte apelante “Fideco Inversiones, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Pilar Gema Pinto Campos, y como apelados don Leopoldo Laborda Muñoz y “Mamá Carlota, Sociedad Limitada”, representados por la procuradora doña María Mercedes Espallargas Carbo, sobre oposición a la ejecución, y siendo magistrada ponente la ilustrísima señora doña María José Alfaro Hoys.

Fallamos

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la procuradora de los tribunales doña Gema Pinto Campos, en nombre y representación de la entidad “Fideco Inversiones, Sociedad Anónima”, contra la sentencia dictada en fecha 17 de enero de 2011 por el Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid en los autos de juicio cambiario número 61 de 2010, de los que el presente rollo dimana, debemos confirmar y confirmamos la referida resolución, con imposición de las costas causadas en la presente alzada a la parte apelante. Contra esta sentencia cabe interponer en las condiciones expuestas en el último fundamento de derecho de la presente resolución, recurso de casación y, en su caso, de infracción procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual habrá de ser interpuesto por escrito, a presentar en el plazo de veinte días ante este mismo tribunal, que habrá de cumplir las exigencias previstas en el artículo 481 de dicho texto legal.

Lo testimoniado concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que conste y sirva de notificación a “Mamá Carlota, Sociedad Limitada”, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/1.012/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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