Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130222-198

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 2

EDICTO

198
Ejecución títulos judiciales 4 de 2013

Doña Carmen Yolanda Toro Vílchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Cádiz.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 4 de 2013, a instancias de la parte actora doña Ana Basagoiti Comenge, contra “Onda Expansiva Servicios de Marketing, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de ejecución de fecha 24 de enero de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Embargar como propiedad de la ejecutada “Onda Expansiva Servicios de Marketing, Sociedad Limitada”, los siguientes bienes:

Saldos en cuentas corrientes a favor de la ejecutada que tenga en las distintas entidades bancarias.

Así como cantidades que deba percibir en concepto de devolución a su favor por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Para garantizar el embargo trabado, se acuerda librarlo telemáticamente al Servicio de Índices. Hecha la investigación de bienes, únase a las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que sirva de notificación a la demandada “Onda Expansiva Servicios de Marketing, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Cádiz, a 24 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.086/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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