Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2013

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130221-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ACUERDO del Consejo de Gobierno, de 14 de febrero de 2013, por el que se aprueba la modificación estatutaria del Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania” y se designan Presidente y Vocales en el Consejo de Administración en representación de la Comunidad de Madrid.

La Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, regula en su artículo 18 la extinción de IMADE en los siguientes términos “Queda extinguido el Instituto Madrileño de Desarrollo, Entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 2.2.c).2 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, creado por la Ley 12/1984, de 13 de junio, de Creación del Instituto Madrileño de Desarrollo, integrándose el conjunto de los bienes, derechos y obligaciones resultantes de su extinción en la Comunidad de Madrid”.

De acuerdo con lo expuesto, la Comunidad de Madrid se ha subrogado automáticamente, por ministerio de la Ley, en el conjunto de los bienes, derechos y obligaciones que pertenecían al IMADE participando como ente consorciado en el Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania”.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, el Consejo de Administración del Consorcio acordó por unanimidad, en su sesión de 30 de noviembre de 2011, la modificación de sus Estatutos para designar a la Comunidad de Madrid como ente consorciado en sustitución del extinto IMADE.

La modificación de los Estatutos requiere, conforme a lo dispuesto en su artículo 9, la aprobación de la modificación por los órganos de decisión de cada uno de los sujetos consorciados. El Pleno del Ayuntamiento de Getafe, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de octubre de 2012, aprobó la modificación estatutaria acordada por el Consejo de Administración del Consorcio.

El artículo 7 de los Estatutos del Consorcio establece la composición de su Consejo de Administración, que se integrará por el Presidente, el Vicepresidente y nueve Vocales: Cinco nombrados por la Comunidad de Madrid y cuatro por el Ayuntamiento de Getafe.

El artículo 13 establece que será Presidente del Consejo de Administración y del Consorcio, quien al efecto designe la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con el artículo 8 de los Estatutos, las vacantes que, por cualquier causa, se produzcan en una o varias Vocalías, serán cubiertas por los que fuesen designados para cubrir dicha o dichas vacantes a la vista del nuevo nombramiento que acuerde, al efecto, el ente comerciado a cuya representación correspondieran.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, en el artículo 9 de los Estatutos del Consorcio y en el apartado n) del artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, en su reunión de 14 de febrero de 2013,

ACUERDA

Primero

Aprobar la modificación de los artículos 1, 3, 7 y 20 de los Estatutos del Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania”, acordada por el Consejo de Administración del Consorcio en su reunión de 30 de noviembre de 2011, que quedarán redactados con el siguiente tenor:

Artículo 1

«La Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Getafe (Madrid) constituyen el Consorcio Urbanístico denominado “Parque Empresarial de La Carpetania”, para el desarrollo, gestión y ejecución de los terrenos situados en el término municipal de Getafe, en el ámbito comprendido entre el aeropuerto y la carretera de Andalucía en el sentido oeste-este, limitado al norte por las instalaciones de construcciones aeronáuticas (“Casa”), el polígono industrial “San Marcos”, y al sur por “Arroyo Culebra”».

Artículo 3

“El domicilio del Consorcio radicará en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, situada, al presente momento, en la calle Carrera de San Jerónimo, número 13, de Madrid, correspondiendo al Consejo de Administración la facultad de acordar el cambio del mismo”.

Artículo 7

“El Consejo de Administración se integrará por el Presidente, el Vicepresidente y nueve Vocales: Cinco nombrados por la Comunidad de Madrid y cuatro por el Ayuntamiento de Getafe”.

Artículo 20

“La participación en el Consorcio se reconocerá y contabilizará con arreglo a las diferentes aportaciones de los consorciados. Inicialmente esta será de un 60 por 100 de la Comunidad de Madrid y de un 40 por 100 del Ayuntamiento de Getafe.

Los entes consorciados se comprometen a proveer en sus respectivos presupuestos las inversiones resultantes del plan financiero que incluirá tanto la inversión como los gastos de mantenimiento del Consorcio aprobado por el Consejo de Administración, y que se abonará en función de su porcentaje de participación.

Los retrasos que se produzcan en el pago de las cantidades que los entes consorciados deban abonar al Consorcio, que impliquen costes financieros o de otra naturaleza para el Consorcio, serán asumidos por el Ente que hubiera ocasionado el retraso”.

Segundo

Nombrar como Presidente del Consejo de Administración y del Consorcio “Parque Empresarial de La Carpetania” a don Enrique Ossorio Crespo, titular de la Consejería de Economía y Hacienda.

Tercero

Nombrar como Vocales en el Consejo de Administración del Consorcio “Parque Empresarial de La Carpetania”, en representación de la Comunidad de Madrid a:

— Don Manuel Beltrán Pedreira, titular de la Viceconsejería de Economía, Comercio y Consumo, en sustitución de doña Eva Piera Rojo.

— Don José Antonio Martínez Páramo, titular de la Dirección General del Suelo, en sustitución de doña Olga Calatrava Lesmes.

Cuarto

Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Getafe y al Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania”.

Quinto

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 76.6 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Acordado en Madrid, a 14 de febrero de 2013.

El Consejero de Economía y Hacienda, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/5.190/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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