Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2013

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130221-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

OTROS ANUNCIOS

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Vehículos abandonados

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual, sin que haya sido posible tramitarla, se hace público lo siguiente:

Vistos los informes de la Policía Local, referentes a la retirada y depósito de vehículos en estado de abandono, esta Alcaldía, en uso de las facultades conferidas por la legislación vigente, en el día de la fecha, resuelve:

1.o Proceder al traslado del depósito municipal de los vehículos que a continuación se detallan, por considerarse un vehículo en situación de abandono, dado su tiempo de permanencia en la vía pública por un período superior a un mes en el mismo lugar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril.



Para poder recuperar el vehículo deberá aportar, en el plazo de diez días desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, fotocopia de los siguientes documentos: permiso de circulación del vehículo, tarjeta de inspección técnica con ITV (fotocopia por las dos caras), seguro obligatorio al corriente de pago y último recibo pagado del impuesto de vehículos de tracción mecánica. Esta documentación deberá presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Torrelodones, sito en la plaza de la Constitución, sin número, en horario de lunes a viernes, de nueve a catorce.

Transcurridos dos meses desde la retirada del vehículo al depósito municipal sin que el mismo haya sido recuperado por el propietario, previa aportación de la documentación completa requerida, se procederá a la declaración de abandono y a su posterior tratamiento como residuo urbano.

No obstante, se le informa de que podrá hacer entrega del vehículo a uno de los gestores autorizados para la recepción del vehículo fuera de uso, cuyo listado le será facilitado por la Jefatura Provincial de Tráfico, a fin de que proceda a efectuar la descontaminación y achatarramiento, debiendo presentar mediante registro ante este Ayuntamiento fotocopia del certificado de descontaminación que le facilitará el gestor autorizado correspondiente.

Asimismo, de conformidad con el artículo 35.1.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, se informa que el abandono de vehículo se considera abandono de residuos no peligrosos en vía pública, que podría ser sancionado con multa de 601,02 hasta 30.050,61 euros. Igualmente, se le informa de que podrá proceder a su retirada del depósito municipal, previo pago de las tasas correspondientes.

Lo acordó y firma la alcaldesa, ante mí, el secretario del Ayuntamiento, que doy fe.—Ante mí: el secretario del Ayuntamiento, Fernando A. Giner Briz.—La alcaldesa, Elena Biurrun Sainz de Rozas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Torrelodones, a 25 de enero de 2013.—La alcaldesa, Elena Biurrun Sainz de Rozas.

(02/832/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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