Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2013

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130220-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

66
Delegación competencias

Por la Junta de Gobierno, de 29 de enero de 2012, se adoptó el siguiente acuerdo:

“Proposición de don Juan Soler-Espiauba Gallo, sobre delegaciones de competencias de la Junta de Gobierno en Concejalías-Delegadas y Delegadas Adjuntas.

En virtud de lo preceptuado en el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, y en aras de facilitar el más ágil funcionamiento en determinadas materias, y visto el decreto de la Alcaldía de 14 de enero de 2013, propongo a la Junta de Gobierno la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Modificar el acuerdo de 20 de julio de 2012, sobre delegación de competencias en Concejalías-Delegadas y Delegadas Adjuntas

Segundo.—Delegar en la Concejalía-Delegada Adjunta de Empleo, Desarrollo Económico, Nuevas Tecnologías y Obras de Edificación la siguiente atribución:

— Aprobación de los Planes de Seguridad y Salud de las obras adjudicadas por la Junta de Gobierno.

Tercero.—El presente acuerdo entrará en vigor desde su adopción, sin perjuicio de su notificación directamente a los interesados y a todos los grupos políticos municipales y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los medios de comunicación municipales adecuados para asegurar su general conocimiento”.

Lo que le comunico a los efectos oportunos.

Getafe, a 24 de enero de 2013.—El jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, Jesús Molina de la Torre.

(03/3.802/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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