Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2013

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130220-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

97
Modificación ordenanza fiscal

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida y retirada de vehículos de la vía pública, así como la ordenanza fiscal reguladora de la misma, quedando modificado el artículo 3 de la siguiente forma:

“Art. 3. Este tributo se devengará, naciendo la obligación de contribuir con la prestación del servicio.

Se entenderá que se ha iniciado la prestación del servicio cuando, detectado el vehículo infractor, se inicien las labores para su recogida. La retirada del vehículo se suspenderá en el acto si el conductor u otras personas autorizadas comparecen y adoptan las medidas convenientes. En este caso la cuota a satisfacer será el 65 por 100 de las tarifas de retirada”.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Sevilla la Nueva, a 29 de enero de 2013.—El alcalde-presidente, Mario de Utrilla Palombi.

(03/3.873/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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