Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130220-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

31
Período voluntario pago tributos 2013

Don Isidro Valenzuela Villarrubia, tesorero del Ayuntamiento de Alcobendas (Madrid).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, se inicia el período voluntario de pago de los tributos de 2013 que a continuación se indican:



Lugar de pago de los recibos no domiciliados:

Entidades colaboradoras: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA), “Banco Santander”, “Bankia”, “La Caixa”, “Barclays Bank”, e “Ibercaja”.

Formas de pago de los recibos no domiciliados:

a) Pago en efectivo o cargo en cuenta corriente en las entidades colaboradoras.

b) Cheque bancario o cheque conformado, en cuyo caso se deberá hacer efectivo en “Barclays Bank”, sucursal número 1387, avenida de España, número 17; CC “La Gran Manzana”, de Alcobendas.

c) A través de Internet, en la dirección http://www.alcobendas.org

Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcobendas, a 4 de febrero de 2013.—El tesorero, Isidro Valenzuela Villarrubia.

(02/908/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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