Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51

EDICTO

98
Juicio verbal 1.836 de 2009-E

En el procedimiento de juicio verbal número 1.836 de 2009-E, seguido a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, frente a doña Isabel López González, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 201 de 2010

En Madrid, a 28 de octubre de 2010.—La señora doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez de primera instancia del número 51 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.836 de 2009, a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña África Martín Rico, contra doña Isabel López González, sobre reclamación de cantidad y resolución de contrato de gas, en los que ha recaído la presente resolución:

Fallo

Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Martín Rico, en representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, y en consecuencia debo condenar y condeno a doña Isabel López González a que abone la cantidad de 1.171,99 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda. Igualmente, y para el caso de persistir en el impago de la cantidad señalada más allá del plazo legal, se autoriza a la actora para proceder a la suspensión del suministro de gas que se presta en Madrid, calle Sierra Toledana, número 21, noveno A, de Madrid, condenando a doña Isabel López González a permitir la entrada en dicho domicilio para que en el día y hora que al efecto se señale, se constituya la comisión judicial en el mismo, asistida de la demandante, a fin de que por personal técnico de la compañía se realicen las operaciones técnicas necesarias para la privación del suministro de gas, mediante el desmonte del contador de gas y clausura de la instalación receptora. Todo ello con expresa imposición a la demandada de las costas procesales causadas.

Así por esta mi sentencia contra la que se podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días desde su notificación.

Será necesario para la admisión a trámite del recurso el ingreso en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado (2545) y en relación con el presente expediente el depósito de 50 euros, identificándose en dicho ingreso la clase de recurso interpuesto y la fecha de la resolución impugnada. Asimismo deberá acompañarse la documentación acreditativa de la realización de dicho depósito al presentar el escrito de anuncio o preparación del recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, doña Isabel López González, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 27 de septiembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/731/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-98