Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2013, de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Orden de denegación de la subvención solicitada por la entidad “Reciclados Ecológicos Generales, Sociedad Limitada” (expediente PIE/579/2010).

Por la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica de la Consejería de Economía y Hacienda se ha intentado notificar a la entidad “Reciclados Ecológicos Generales, Sociedad Limitada” (expediente PIE/579/2010), Orden de denegación de la subvención solicitada dentro del programa “Plan de Innovación Empresarial” (convocatoria año 2010, Orden de 12 de abril de 2010). La notificación al interesado se ha intentado, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar el contenido de dicha Orden, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, dispone la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio de notificación conocido.

Madrid, a 29 de enero de 2013.—El Director General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, Íñigo Gil-Casares Armada.

ANEXO QUE SE CITA

«Orden de 11 de diciembre de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se resuelve el expediente presentado por la entidad “Reciclados Ecológicos Generales, Sociedad Limitada”, en aplicación de la Orden de 12 de abril de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan de Innovación Empresarial de la Comuni- dad de Madrid, y se convocan ayudas para el año 2010

ANTECEDENTES

Primero

En fecha 27 de mayo de 2010, la entidad “Reciclados Ecológicos Generales, Sociedad Limitada”, con domicilio a efectos de notificación en Alcobendas, 28108 , carretera Alcobendas-Barajas, kilómetro 1,1, edificio “Gamma”, planta 5, oficina 4 y CIF B-84810399, solicitó, al amparo de la Orden de 12 de abril de 2010, una subvención para el proyecto definido en el modelo de solicitud y su fichero electrónico adjunto identificado con el código B84810399832397, procediéndose a instruir el oportuno expediente con el número de referencia PIE/579/2010.

Segundo

Con fecha 7 de octubre de 2010 consta acuse de recibo de la notificación de Resolución provisional de concesión de subvención, en la que se establece como condición que la documentación aportada permita acreditar las condiciones deducidas de la solicitud y fichero electrónico adjunto, que se constate que el solicitante realiza la actividad objeto de la ayuda.

Tercero

De la documentación aportada por la empresa solicitante y del estudio de la misma se constata que “Reciclados Ecológicos Generales, Sociedad Limitada”, no cumple con las condiciones establecidas en el artículo 3 de la Orden reguladora, en cuanto a beneficiario, al concurrir en él alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (no acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social).

Cuarto

Finalizada la instrucción del expediente se desestima la propuesta de concesión inicial, siendo la propuesta de resolución definitiva desfavorable.

En atención a los antecedentes expresados y a propuesta del titular de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, esta Consejería de Economía y Hacienda, en uso de sus atribuciones,

DISPONE

Desestimar la concesión de la ayuda solicitada dado que el solicitante no cumple los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 12 de abril de 2010, reguladora del Plan de Innovación Empresarial de la Comunidad de Madrid y de la convocatoria para el año 2010.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 11 de diciembre de 2012.—El Consejero de Economía y Hacienda, por la delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008), el Director General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, Íñigo Gil-Casares Armada».

(03/4.200/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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