Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-3

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 18 de enero de 2013, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se nombra Vocal de la Junta Superior de Hacienda a doña Ana Belén Cosín de Melchor.

La Junta Superior de Hacienda es el órgano económico-administrativo de la Comunidad de Madrid, teniendo encomendado el conocimiento y resolución de los recursos y reclamaciones que se suscitan en la vía económico-administrativa.

Existiendo en la actualidad Vocalía vacante en la Junta Superior de Hacienda, resulta necesario proceder a su cobertura.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en su redacción dada por Ley 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, así como en el artículo 14 del Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Reclamaciones Económico-Administrativas que se susciten en el ámbito de la gestión económico-financiera de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 286/1999, de 23 de septiembre,

DISPONGO

Primero

Nombrar Vocal de la Junta Superior de Hacienda a doña Ana Belén Cosín de Melchor.

Segundo

Este nombramiento tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 18 de enero de 2013.

El Consejero de Economía y Hacienda, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/4.203/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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