Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130219-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

165
Ejecución 245 de 2011-A

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 245 de 2011-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Fernández Cañadas, frente a “Montajes y Proyectos Audiovisuales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Montajes y Proyectos Audiovisuales, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 23.754,22 euros en concepto de principal. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

c) Habiéndose recibido devuelto por correos, por el motivo de “caducado”, el sobre que contenía las resoluciones de fechas 10 de abril y 10 de mayo de 2012, ambas dirigidas a la ejecutada, líbrese exhorto al Juzgado Decano de los de Leganés, a fin de que por este se intente la notificación de las mismas, así como de la presente.

Una vez firme la presente declaración de insolvencia, se procederá a expedir los testimonios necesarios para solicitar prestaciones ante el Fondo de Garantía Salarial, los cuales serán puestos a disposición de la parte actora en la Secretaría de este Juzgado, sin necesidad de que estos sean solicitados, y se librará oficio al “Boletín Oficial del Registro Mercantil”, al que se acompañará impreso cumplimentado telemáticamente, a fin de que se publique extracto de la parte dispositiva del presente decreto.

Modo de impugnarla: recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, número 2519, abierta en “Banesto”. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Montajes y Proyectos Audiovisuales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 15 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.204/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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