Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2013

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130216-17

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

OTROS ANUNCIOS

17
Convocatoria subvenciones en el ámbito educativo

Por la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 26 de diciembre de 2012, se acordó la resolución de la convocatoria subvenciones en el ámbito educativo para proyectos de participación e integración educativa desarrollados en el año 2012, dirigidas a asociaciones educativas de Getafe cuyo ámbito de actuación se desarrolla en centros de enseñanza reglada públicos, asociaciones de Getafe cuyo fin sean los niños con necesidades educativas especiales y asociaciones de Getafe cuyo fin sean la intervención con jóvenes en grave riesgo social, al amparo de la convocatoria aprobada por la Junta de Gobierno de 20 de noviembre de 2012, resultando beneficiarias de subvención las entidades que a continuación se detallan, para los proyectos que se indican y por los importes y con cargo a la aplicación presupuestaria 2012/324.01.480.00 denominada “Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro. Serv. Complementarios Educación”, con autorización número 220120018886, por importe de 37.396,80 euros, por las cantidades que se indican:



Segundo.—Denegar la subvención solicitada por la entidad que a continuación se relaciona, por el motivo que se expone:



Tercero.—Considerar de imposible cumplimiento la condición de prepagable de las subvenciones a conceder, debido a la imposibilidad material de que las mismas mantengan dicho carácter prepagable, dadas las fechas del año en curso.

Cuarto.—Comunicar a los beneficiarios de la subvención la circunstancia anteriormente señalada, a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe, durante el plazo de veinte días naturales, así como del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo estos informar al órgano gestor de la renuncia a la subvención en caso de no poder justificarla debidamente, dada la obligatoriedad de acreditar el pago realizado antes de la fecha de finalización del período de justificación.

Getafe, a 28 de diciembre de 2012.—El concejal-delegado de Educación y Cultura, Pablo Martínez Martín.

(02/11/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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