Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130216-49

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

49
Ejecución 311 de 2012

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 311 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis López Serrano, contra la empresa “Pamamoción, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto siguientes:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don José Luis López Serrano, frente a “Pamamoción, Sociedad Anónima”, por las siguientes cantidades: 4.156,08 euros de principal, más 415,60 euros de intereses legales, más otros 415,60 euros de intereses procesales, así como de 415,60 euros de costas, cantidades estas provisionales, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la notificación de la presente, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239.4 y 187 de la Ley de la Jurisdicción Social).

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1033, sucursal sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid, a nombre del Juzgado con el número 0030/1846/42/000500/1274 y en concepto 2505/0000/00/número de demanda y año, debiendo comunicar ante la entidad bancaria donde se efectúa el ingreso, la clase de recurso que va a interponer, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.

La sentencia ha sido notificada por medio de edictos, publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 29 de noviembre de 2012.

Existiendo entre las mismas partes una ejecución bajo el número 43 de 2012, dimanante del procedimiento por despido número 763 de 2011, y estando esta pendiente del resultado de algunas medidas de averiguación y embargo de bienes, estese a la espera del mismo y con su resultado se acordará.

Sin perjuicio de lo cual se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pamamoción, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.143/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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