Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130214-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

146
Despidos/ceses en general 769 de 2012

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 769 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles Fernández García, frente a “El Economato del Funcionario, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 20 de diciembre de 2012.—Vistos por mí, doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, los presentes autos, dicto la siguiente resolución.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Acuerdo: Que procede suplir la omisión padecida en la sentencia dictada en el procedimiento número 675 de 2012, debiendo decirse en el fallo de la misma lo siguiente:

«Que estimo la demanda formulada por doña María de los Ángeles Fernández García, frente a “El Economato del Funcionario, Sociedad Limitada”, y declaro improcedente el despido de aquella, condenando a la demandada a que opte entre readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o indemnizarle con 955,08 euros, condenando además a la demandada a que abone a la actora la suma de 3.296,66 euros en concepto de salarios adeudados, según desglose que figura al hecho quinto de la demanda. Dicha cuantía deberá incrementarse en un 10 por 100 de interés anual por mora».

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio del que pueda interponerse, en su caso, respecto de la sentencia cuya aclaración se pretendía.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo ordenado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “El Economato del Funcionario, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de enero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.696/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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