Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2013

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130214-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

81
Revocación competencias

La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el siguiente decreto, cuyo texto íntegro dice:

“Decreto 50/2013

En virtud de las competencias que se me confieren con lo dispuesto en el artículo 21.2.3 de la Ley 7/1985, de las Bases de Régimen Local, y los artículos 41, 43, 44, 45 y 46 del ­Reglamento de Organización y Funcionamiento, y en el artículo 13.6 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, he considerado la necesidad de modificar las actuales competencias de doña Ana María Magallares Buitrago, por lo que decreto:

Primero.—Revocar las delegaciones atribuidas a doña Ana María Magallares Buitrago y las competencias a escritas a la misma, establecidas en el decreto 1539/2012, de 26 de octubre, consistentes en Relaciones Institucionales/Participación Ciudadana/Inmigración e Información, doña Ana Maria Magallares Buitrago que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área De Relaciones Institucionales:

• Asistencia y apoyo en materia de relaciones con otras Administraciones.

• Coordinación de la información y de las comunicaciones que tengan lugar que genera el Ayuntamiento.

— Área de Participación Ciudadana:

• Relaciones con las distintas asociaciones municipales de la localidad.

• Representación del Ayuntamiento en el Consejo de Participación Ciudadana.

• Impulso y seguimiento de los expedientes de subvención a las asociaciones municipales.

• Coordinación del Centro de Asociaciones.

— Área de Inmigración:

• Relaciones con las distintas asociaciones de inmigrantes de la localidad.

— Área de Información:

• Impulso y dirección de la revista municipal.

• Gestionar la información.

• Gestión de la web municipal.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

Segundo.—Notificar este decreto a la interesada.

Tercero.—Publicar esta modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.

Cuarto.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 de ROFCL.

En Velilla de San Antonio, a 11 de enero de 2013.—Ante mí, el secretario (firmado).—El alcalde-presidente (firmado)”.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del ­Reglamento de Organización y Funcionamiento.

En Velilla de San Antonio, a 23 de enero de 2013.—El secretario, Juan Ramón Garrido Solís.

(03/3.289/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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