Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2013

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130212-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

2
RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2013, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías de Oficial Agropecuario (Grupo III, Nivel 4, Área B), Encargado II, Especialidad Agraria (Grupo III, Nivel 4, Área B) y Ayudante Agropecuario (Grupo IV, Nivel 3, Área B).

Mediante Orden de 19 de junio de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de junio, corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 8 de julio), se convocaron las pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías de Oficial Agropecuario (Grupo III, Nivel 4, Área B), Encargado II, Especialidad Agraria (Grupo III, Nivel 4, Área B) y Ayudante Agropecuario (Grupo IV, Nivel 3, Área B).

Una vez concluido el proceso selectivo de referencia y en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Orden de convocatoria y demás normativa de aplicación, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo los aspirantes incluidos en la relación que se incorpora como Anexo de esta Resolución.

Segundo

De conformidad con lo establecido en las bases décima y undécima de la Orden de convocatoria anteriormente señalada, los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para personarse ante la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (calle Miguel Ángel, número 28, 28010 Madrid), y aportar la documentación que se detalla a continuación:

a) Original y fotocopia o fotocopia debidamente compulsada del documento nacional de identidad vigente o, en caso de no ostentar la nacionalidad española, del documento vigente que acredite las condiciones de edad y nacionalidad a las que se alude en los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril).

b) En el caso de aquellos aspirantes que en su instancia hubieran declarado poseer la titulación académica exigida en el Anexo I de la Orden de convocatoria, original y fotocopia o fotocopia debidamente compulsada de dicha titulación o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dicho título. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.

En el caso de aquellos aspirantes que en su instancia hubieran declarado poseer la experiencia profesional sustitutoria de la titulación prevista en el referido Anexo I, la Administración realizará de oficio la comprobación pertinente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) de la citada Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, además de la declaración anteriormente indicada, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Con objeto de cumplimentar dicha declaración jurada o promesa en el mismo plazo señalado en este apartado segundo, se facilitará por la Dirección General de Función Pública un modelo a tal efecto, que estará disponible, asimismo, en la página web de dicho centro directivo, siendo la ruta para obtener la descarga de dicho documento la siguiente: “www.madrid.org/Gobierno Regional/Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno”, seleccionando en “Organización” la “Dirección General de Función Pública” y accediendo, dentro de “Planes y actuaciones” a “Procesos selectivos de promoción profesional/Personal Laboral: Procesos selectivos en curso/Oficial Agropecuario, Encargado II, Especialidad Agraria y Ayudante Agropecuario”.

d) Petición de destinos conforme al número de orden obtenido en el proceso selectivo, a cuyos efectos los aspirantes aprobados en el mismo plazo señalado en este apartado segundo, deberán personarse ante la Dirección General de Función Pública a fin de que les sea facilitada la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados en la que figurarán determinadas características de los mismos, así como el modelo de solicitud de destinos a cumplimentar, modelo de solicitud que, al igual que la relación de puestos de trabajo ofertados, se encontrarán disponibles en la página web de dicho centro directivo, siguiendo la ruta de acceso anteriormente indicada.

Asimismo, con objeto de completar la información relativa a los puestos ofertados, las Subdirecciones Generales o unidades en materia de personal de las Consejerías u Organismos Autónomos que, en su caso, corresponda, así como la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud y la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte procederán, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a la exposición en sus respectivos tablones de anuncios de los datos relativos al turno y domicilio en el que están ubicados los referidos puestos, así como de cualquier otra información que pudiera considerarse oportuna.

Tercero

La totalidad de las actuaciones practicadas quedarán anuladas, sin que, en consecuencia, proceda efectuar adjudicación de destino alguna respecto de aquellos aspirantes que, dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación anteriormente indicada, o si del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o documentación.

Cuarto

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 24 de enero de 2013.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.



(03/3.584/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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