Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130211-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Procedimiento ordinario 383 de 2012

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 383 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Galán Serna, frente a “Ingeniería y Técnicas de Refrigeración, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña María Luz Rico Recondo.—En Madrid, a 2 de octubre de 2012.

Dada cuenta; y visto el anterior escrito de fecha 26 de septiembre de 2012, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a la parte demandada, y atendiendo a su contenido, ha lugar a la ampliación solicitada, cítese al administrador concursal don Antonio Relea Sarabia para que comparezca al acto de juicio a celebrar el día 22 de mayo de 2013, a las diez y veinte horas, dándole traslado de copia de la demanda y demás documentación que consta en autos.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto solo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en “Banesto”, cuenta número 4283, indicando en el campo “Concepto” el código “30 Social-Reposición”.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de las tres anteriores.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ingeniería y Técnicas de Refrigeración, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.607/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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