Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130209-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Ejecución 46 de 2012

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 46 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia García Almazán, frente a “GDS Gestión Legal, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Se ha recibido en el procedimiento la cantidad de 28.323,72 euros producto del embargo de créditos acordado en su día.

Se acuerda: Poner a disposición de doña María Antonia García Almazán la cantidad de 24.417 euros que se le adeuda de principal.

La interesada deberá comparecer en este Juzgado al objeto de retirar el oportuno mandamiento de devolución.

Practíquese liquidación de intereses y tasación de costas de la que se dará vista a las partes por término de diez días para su impugnación si procede.

Cancélense los embargos trabados en su día, mediante el traslado de los correspondientes despachos.

Liquidación de intereses

Que practica la secretaria judicial que suscribe en las presentes actuaciones tramitadas con el número 46 de 2012, a instancias de doña María Antonia García Almazán, contra “GDS Gestión Legal, Sociedad Limitada”.

Fecha de inicio: 16 de febrero de 2012.

Fecha final: 28 de noviembre de 2012.

Nominal: 24.417 euros.

Tipo: 6 por 100.

Días: doscientas ochenta y seis.

Interés: 1.147,93 euros.

La cantidad total de intereses son 1.147,93 euros.

La liquidación de intereses devengada en estos autos a favor de doña María Antonia García Almazán desde la fecha del cumplimiento del acta de conciliación (16 de febrero de 2012) hasta la fecha de consignación del principal (28 de noviembre de 2012), asciende a 1.147,93 euros a cuyo pago viene obligado “GDS Gestión Legal, Sociedad Limitada”.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2012.

Tasación de costas

Que practica la secretaria judicial que suscribe en las presentes actuaciones tramitadas con el número 46 de 29012, a instancias de doña María Antonia García Almazán, contra “GDS Gestión Legal, Sociedad Limitada”.

Honorarios del letrado don Federico Sánchez Raymundo, según minuta: 408 euros.

Se reduce la minuta de honorarios de conformidad con los criterios de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados, criterio 172 en relación con la disposición general séptima.

No se incluye el impuesto sobre el valor añadido en base al artículo 78.3.1 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días:

a) Por indebida, si se hubiesen incluido en ella partidas, derechos o gastos indebidos.

b) O por excesivos, si los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel.

c) O por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.

d) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de esta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En Madrid, a 10 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “GDS Gestión Legal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.481/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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