Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130209-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

71
Juicio de faltas 1.022 de 2012

Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.022 de 2012 se ha dictado sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 1.022 de 2012, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don José Antonio Mangue Paco; como denunciada, doña Gelu Gavrila, que no comparece pese a estar citada en forma, y como perjudicado, establecimiento comercial “Día”, constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados, recayendo la presente resolución con base en el siguiente

Fallo

Debo condenar y condeno a doña Gelu Gavrila, como autora penalmente responsable de una falta de hurto, ya definida, a la pena de multa de treinta días, a una cuota diaria de 6 euros, lo que totaliza la cantidad de 180 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Asimismo, le condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere.

Hágase entrega definitiva a la perjudicada de los efectos sustraídos y recuperados.

Notifíquese la frente resolución al ministerio fiscal y demás partes.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Gelu Gavrila, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 7 de enero de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/1.255/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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