Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2013

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130206-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Modificación ordenanza fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 19 de octubre de 2012, aprobó por unanimidad la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles, por lo que se refiere al tipo de gravamen aplicable a los bienes de naturaleza urbana. Habiéndose expuesto al público dicho expediente durante el plazo de treinta días contados a partir del siguiente a la fecha de 7 de noviembre de 2012, que tuvo lugar el anuncio de publicación con el número 266 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin que se haya producido reclamación alguna. Por lo que queda elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno el día 19 de octubre de 2012, quedando la ordenanza modificada de la siguiente forma:

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Capítulo I

Tipo impositivo

Artículo 1.—Este Ayuntamiento, conforme con lo previsto en el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicables en este municipio, queda fijado en los términos que se establecen en el artículo siguiente.

Art. 2.—1. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,46 por 100.

2. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 0,60 por 100.

DISPOSICIÓN FINAL

Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID entrará en vigor, con efecto desde el día siguiente de su publicación, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Rascafría, a 21 de enero de 2013.—La alcaldesa, Ana María García Masedo.

(03/2.405/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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