Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2013

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130204-79

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO SOCIAL

79
Recurso 1.557 de 2012

Doña Iciar Sanz Rubiales, secretaria de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid.

Doy fe: Que en el recurso de suplicación número 1.557 de 2012-JM, seguido a instancias de Mutua Universal “Mugenat”, contra don José Eduardo Brito Mendes, y las empresas “Estructurados y Encofrados Ceca, Sociedad Limitada”, “Enermisa, Sociedad Anónima”, comunidad hereditaria de don José Eduardo Brito Mendes, administradores concursales de “Teconsa, Sociedad Anónima”, que son don Francisco Javier Ramos Torre, don Armando Betancourt, don Alejandro La Torre Atanze, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Ibermutuamur” y Mutua “Asepeyo”, sobre derechos seguridad social, se ha dictado resolución por esta Sala en fecha 12 de diciembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la indicada representación de Mutua Universal Mugenat, contra la sentencia de 28 de octubre de 2011, dictada por el Juzgado de lo social número 3 de León en los autos número 830 de 2010, seguido sobre Seguridad Social a instancias de la indicada recurrente, contra don José Eduardo Brito Mendes y su comunidad hereditaria, contra las empresas “Estructurados y Encofrados Ceca, Sociedad Limitada” y “Enermisa, Sociedad Anónima”, contra administradores concursales de “Teconsa, Sociedad Anónima”, que son don Francisco Javier Ramos Torre, don Armando Betancourt, don Alejandro La Torre Atanze; contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Ibermutuamur” y Mutua “Asepeyo”, confirmando íntegramente la misma.

Acordamos la pérdida de los depósitos y consignaciones constituidos para recurrir y condenamos a la recurrente a abonar a los letrados de las recurridas la cantidad de 400 euros en concepto de honorarios.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y expídase testimonio que quedará unido al rollo de su razón, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.

Se advierte de que contra la presente sentencia, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá prepararse dentro de los diez días siguientes al de esta notificación, mediante escrito firmado por abogado y dirigido a esta Sala, con expresión sucinta de la concurrencia de requisitos exigidos, previstos en el artículo 219 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Todo el que intente interponer dicho recurso sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social consignará como depósito la cantidad de 300 euros en la cuenta número 4636 0000 66 1557-2012, abierta a nombre de la Sección Primera de la Sala de lo Social de este Tribunal, en la oficina principal en Valladolid del “Banco Español de Crédito”, “Banesto”, acreditando el ingreso.

Asimismo, deberá consignar separadamente en la referida cuenta la cantidad objeto de condena, debiendo acreditar dicha consignación en el mismo plazo concedido para preparar el recurso de casación para unificación de doctrina.

Si el recurrente fuera la entidad gestora, y esta haya sido condenada al pago de prestaciones, deberá acreditar al tiempo de preparar el citado recurso que ha dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 219.3 en relación con el 192.4 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Firme que sea esta sentencia, devuélvanse los autos junto con la certificación de aquella al Juzgado de procedencia para su ejecución.

Así por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos; Emilio Álvarez Anllo, José Manuel Riesgo Iglesias y Rafael A. López Parada (firmamos y rubricamos).

Sigue diligencia de publicación.

Y, para que sirva de notificación en forma a don Armando Betancourt, administrador concursal de “Teconsa, Sociedad Anónima”, que se halla actualmente en paradero desconocido, y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide el presente en Valladolid, a 28 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.592/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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