Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130201-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Ejecución 205 de 2012

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 205 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Lourdes Ruiz Salas, frente a “JR Negocios Globales e Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Se declara extinguido desde el día de hoy el contrato de trabajo que unía a doña María Lourdes Ruiz Salas con “JR Negocios Globales e Integrales, Sociedad Limitada”.

Se condena a “JR Negocios Globales e Integrales, Sociedad Limitada”, a que abone a doña María Lourdes Ruiz Salas la cantidad de 11.007 euros en concepto de indemnización sustitutoria de la readmisión, más otros, 1.907,88 euros como salarios de tramitación, limitados desde la fecha del alta médica (30 de julio de 2011) hasta la fecha en que encontró otro empleo (20 de septiembre de 2011), en cuya cantidad se incluyen las que fueron objeto de condena en la sentencia. Dichas cantidades devengarán desde el día de hoy y hasta su total pago los intereses del artículo 567 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2525/0000/64/’221/12.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “JR Negocios Globales e Integrales”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/729/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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