Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130131-76

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OTROS ANUNCIOS

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Convocatoria ayudas nacimiento y manutención menores

Se hace público que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en su sesión celebrada el día 17 de enero del 2013, entre otros, aprobó la propuesta de convocatoria de las ayudas en base a la ordenanza reguladora de las ayudas por nacimiento y manutención de menores de tres años (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 3 de mayo de 2012), y que es del siguiente tenor:

Convocar ayudas por nacimiento de hijo o adopción de menor de tres años y manutención de menores de tres años, según la ordenanza reguladora aprobada en Pleno en fecha 27 de abril de 2012, en los términos que se indican:

CONVOCATORIA DE AYUDA A LA FAMILIA Y FOMENTO DE LA NATALIDAD EN EL MUNICIPIO DE BOADILLA DEL MONTE

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte tiene entre sus prioridades el apoyo a las familias y a la natalidad, en consecuencia, mantiene en el presente ejercicio económico la dotación global para financiar la convocatoria de ayudas al nacimiento y a la manutención de los hijos menores de tres años. Esta convocatoria se integra en el Plan de Ayudas a la Familia, que cuenta con actuaciones como son, entre otras, actividades para niños en los espacios públicos municipales, actividades culturales, educativas y de ocio, programa de actuaciones de la Casa de la Juventud, la mejora de las zonas de juego infantil en los parques públicos, el apoyo a las familias numerosas y a la discapacidad.

En desarrollo del mencionado Plan de Ayudas a la Familia y en aplicación de la ordenanza reguladora de las ayudas por nacimiento y/o manutención de menores de tres años, aprobada de forma definitiva en el pleno del 27 de abril de 2012.

Se convocan las ayudas por nacimiento y manutención de menores de tres años correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2012, ambos inclusive.

1. Destinatarios de la ayuda

a) Destinatarios de las ayudas por nacimiento: cualquiera de los progenitores que, cumpliendo los requisitos, hubiera tenido un hijo, y de los adoptantes de menores de tres años durante el 2012.

b) Destinatarios de las ayudas por manutención: cualquiera de los progenitores que, cumpliendo los requisitos, hubieran tenido un hijo en 2009, 2010, 2011 y/o 2012.

2. Importe de las cuantías

Los importes de las ayudas a conceder serán los siguientes:

a) Ayudas por nacimientos:

a.1) General: un pago único de hasta 700 euros.

a.2) Familia numerosa: un pago único de hasta 1.000 euros.

a.3) Discapacidad: un pago único de hasta 2.000 euros en caso de concurrir minusvalía en el menor en grado superior o igual al 33 por 100.

a.4) En los supuestos donde el nacimiento del menor suponga la concurrencia de la situación de discapacidad y del título de familia numerosa, por la unidad familiar se realizará un pago único de hasta 3.000 euros.

b) Ayudas por manutenciones:

b.1) General: hasta 350 euros anuales de manutención hasta que el menor cumpla los tres años de edad.

b.2.) Familia numerosa: hasta 700 euros anuales de manutención del menor de tres años en caso de que el nacimiento o adopción suponga la adquisición o ya se tenga la condición de familia numerosa por la unidad familiar.

b.3) Discapacidad: hasta 1.000 euros anuales de manutención en caso de concurrir minusvalía en el menor en grado superior o igual al 33 por 100, hasta que el menor cumpla los tres años de edad.

b.4) En los supuestos donde concurran la situación de discapacidad y del título de familia numerosa por la unidad familiar, se realizará un pago único de hasta 1.500 euros.

En la presente convocatoria las cuantías se concretarán en función del número de solicitudes concedidas y la dotación presupuestaria vinculada al efecto del presupuesto municipal del ejercicio 2013, la cual asciende a 1.000.000 de euros.

3. Plazo de solicitud

Se fija el plazo de solicitudes para la presente convocatoria en un mes natural, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Modelo de solicitud

Podrán descargarse el modelo de solicitud en la página web del Ayuntamiento de Boadilla del Monte www.aytoboadilla.com, o bien recoger los impresos en la sede administrativa (sita en la calle José Antonio, número 42) y/o en la sede institucional (sita en la plaza de la Villa, sin número).

5. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán mediante el modelo de solicitud reglamentaria, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación establecida en el apartado 1 del artículo 4 de la ordenanza mencionada, y se entregarán en el Registro del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (sita en la calle José Antonio, número 42) o mediante los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Solo se admitirá una solicitud por menor que cumpla los requisitos exigidos.

En Boadilla del Monte, a 17 de enero del 2013.—La concejala-delegada de Educación, Familia, Infancia, Mujer y Personas Mayores, Eva María Peña Polo.

(03/1.563/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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