Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2013

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130130-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras de la Conexión del Saneamiento de Lagospark, en el término municipal de Galapagar, al sistema integral de saneamiento del Canal de Isabel II, en el término municipal de Las Rozas de Madrid, promovido por “Ikasa” y “Ríosalud” (Ac. 131/12).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2012, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras de la Conexión del Saneamiento de Lagospark, en el término municipal de Galapagar, al sistema integral de saneamiento del Canal de Isabel II, en el término municipal de Las Rozas de Madrid, promovido por “Ikasa” y “Ríosalud”.

En virtud del contenido del informe técnico jurídico, de fecha 2 de octubre de 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la fecha de 5 de octubre de 2012, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el Acuerdo que a continuación se hace público mediante la presente Resolución, una vez cumplimentado, con fecha 7 de diciembre de 2012, el trámite de publicación en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de la Comisión de Urbanismo:

«Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras de la Conexión del Saneamiento de Lagospark, en el término municipal de Galapagar, al sistema integral de saneamiento del Canal de Isabel II, en el término municipal de Las Rozas de Madrid, promovido por “Ikasa” y “Ríosalud”.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes organismos afectados:

— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recursos Agrarios y Subdirección General de Conservación de Medio Natural). Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.

— Dirección General de Ordenación e Inspección. Consejería de Sanidad.

— Dirección General de Patrimonio Histórico. Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.

— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.

— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Cuarto

Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Galapagar y Las Rozas de Madrid, para su conocimiento e informe, que deberán emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes».

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, dicho expediente podrá ser consultado, por un período de un mes, en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, y en www.madrid.org, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de Información Pública.

Durante el expresado período de tiempo cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 7 de diciembre de 2012.—La Secretaria General Técnica, PDF (Resolución de 25 de octubre de 2012), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.

(02/9.754/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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