Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130130-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

136
Ejecución 18 de 2011

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 39 de 2010, ejecución número 18 de 2011-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Mercedes Ruiz Argeñal, frente a don José Vicente Asensio Asensio, sobre ejecución forzosa, se ha dictado por el secretario judicial, don David Atienza Marcos, el decreto de fecha 18 de diciembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo de la caja diaria de la cafetería “El Sevillano”, sita en la calle Ramón Patuel, número 21, de Madrid, titularidad del ejecutado don José Vicente Asensio Asensio, librándose para ello testimonio de la presente resolución, con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de lo social de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades debidas en la presente ejecución en concepto de principal e intereses y costas provisionales, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Vicente Asensio Asensio, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/567/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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