Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130129-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Despidos/ceses en general 1.189 de 2012

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.189 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Martín Fernández, frente a “Activa Logístico Integral, Sociedad Limitada”, “Courier Gestión Rápida, Sociedad Limitada”, “Courier & Logistic 2000, Sociedad Limitada”, y “Desarrollos Integrales Hispania, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 414 de 2012

En Madrid, a 19 de diciembre de 2012.—La ilustrísima señora doña María del Carmen López Hormeño, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 31 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 1.189 de 2012, seguidos entre las partes: de una, como demandante, don José Luis Martín Fernández, asistido por la letrada señora Moreno, y de la otra, como demandadas, las empresas, “Desarrollos Integrales Hispania, Sociedad Limitada”, “Activa Logístico Integral, Sociedad Limitada”, y “Courier & Logistic 2000, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido.

Fallo

Que estimando la demanda de despido interpuesta por don José Luis Martín Fernández, frente a “Desarrollos Integrales Hispania, Sociedad Limitada”, “Activa Logístico Integral, Sociedad Limitada”, y “Courier & Logistic 2000, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y condeno solidariamente a las empresas demandadas a la inmediata readmisión del actor o, a elección de aquellas, a que le indemnicen con la suma de 21.319,13 euros, y en caso de readmisión, al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (30 de septiembre de 2012) hasta la notificación de la presente resolución a razón de 58,69 euros al día.

Y estimando la demanda de cantidad interpuesta por el actor debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a abonar al actor la cantidad de 8.394,03 euros brutos en concepto de liquidación. Y absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Con la advertencia de que la opción deberá efectuarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo social dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, sin esperar la firmeza de la misma, y en caso de no hacer la opción expresamente, se entenderá que se opta por la readmisión.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Activa Logístico Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/530/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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