Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130129-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Ejecución 285 de 2012

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 285 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Cortés Ramiro, don Justo José Villamayor León, don Luis Sánchez Martín, don Tomás Ahijado Arroyo y don Vicente Trujillo Andrés, frente a “Encofrados Albalia, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en fecha 14 de diciembre de 2012 auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia firme de 26 de octubre de 2012 a favor de la parte ejecutante don Tomás Ahijado Arroyo, don José Luis Cortés Ramiro, don Luis Sánchez Martín, don Vicente Trujillo Andrés y don Justo José Villamayor León, frente a la demandada “Encofrados Albalia, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 40.261,17 euros, de los que se corresponden 8.415,56 euros a don Tomás Ahijado Arroyo, 6.863,89 euros a don José Luis Cortés Ramiro, 9.281,77 euros a don Luis Sánchez Martín, 8.415,56 euros a don Vicente Trujillo Andrés y 7.284,39 euros a don Justo José Villamayor León; más 4.026,11 euros y 4.026,11 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/64/0285/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Elena Burgos Herrera.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Albalia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 14 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/477/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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