Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
26-01-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130126-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5

EDICTO

111
Ejecución títulos judiciales 188 de 2011

Doña María Nieves Álvarez Morales, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 188 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel Blanco Martínez, contra las empresas “Hogalia Patrimonial, Sociedad Anónima”, “Grupo Mall Empresarial, Sociedad Limitada”, “Hogalia, Sociedad Limitada”, “Hogalia Internacional, Sociedad Limitada”, “Gano, Sociedad Anónima”, “Inversiones Shitan, Sociedad Anónima”, “Hogalia 3, Sociedad Limitada”, “Noranalón, Sociedad Limitada”, y “Peña Utrera Astur, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Desestimar el recurso de reposición interpuesto por “Noranalón, Sociedad Limitada”, y “Peña Utrera Astur, Sociedad Limitada”, contra el auto de 8 de noviembre de 2012, manteniéndolo en todos sus términos.

Con pérdida del depósito constituido para recurrir, debiendo transferirse a la cuenta del Ministerio de Justicia habilitadas al efecto.

Modo de impugnarla: cabe interponer recurso de suplicación que deberá anunciarse en este órgano judicial dentro de los cinco días siguientes a su notificación, para lo que bastará la mera manifestación de la parte, de su abogado o de su representante al hacerle la notificación, por comparecencia o por escrito, de cualquiera de ellos. Siendo requisito necesario que en dicho plazo se nombre al letrado o graduado social que ha de interponerlo. Igualmente, será requisito necesario para el recurrente que no tuviere la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social al tiempo de interponer el recurso el resguardo acreditativo de haber depositado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 3306/0000/65 de este órgano judicial en “Banesto”.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hogalia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 18 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.907/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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