Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130124-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51

EDICTO

69
Procedimiento ordinario 2.154 de 2009

Doña Eva María de la Gala González, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 2.154 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado sentencia que contiene particular del tenor literal siguiente:

Sentencia número 164 de 2012

En Madrid, a 20 de septiembre de 2012.—La ilustrísima señora doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez de primera instancia del número 51 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 2.154 de 2009, sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de “Banco de Santander, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña María Albarracín Pascual, contra don Denoel Dos Santos Ferraz, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales señora Albarracín Pascual Abril, en nombre y representación de la mercantil “Banco de Santander, Sociedad Anónima”, frente a don Denoel Dos Santos Ferraz, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de 14.845,03 euros, más los intereses pactados entre las partes, y todo ello haciendo expresa condena al demandado en las costas procesales causadas en esta instancia.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en la forma legalmente prevista.

Será necesario para la admisión a trámite del recurso el ingreso en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2545 el depósito de 50 euros, acompañándose la documentación acreditativa de la realización de dicho depósito al presentar el escrito de anuncio o preparación del recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Denoel Dos Santos Ferraz se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.—Doy fe.

En Madrid, a 25 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/9.952/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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