Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130124-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Demanda 1.083 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.083 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ionel Calitescu, contra la empresa “Drafer 2009, Sociedad Limitada”, “MAPG, Sociedad Limitada”, y comunidad de propietarios de “Zarzalejos IX”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En nombre del Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 528 de 2012

En Madrid, a 17 de diciembre de 2012.—Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de don Ionel Calitescu, asistido de la letrada doña María Nelly Varela Mondragón, colegiada número 83.355, contra “Drafer 2009, Sociedad Limitada”, “MAPG, Sociedad Limitada”, y comunidad de propietarios de “Zarzalejos IX”, que no comparecen.

Fallo

Procede estimar en parte la demanda planteada por don Ionel Calitescu, contra las empresas “Drafer 2009, Sociedad Limitada”, y “Miguel Ángel Palomo Guirao, Sociedad Limitada” (MAPG), en reclamación de cantidad; declarar la responsabilidad solidaria de las empresas demandadas, “Drafer 2009, Sociedad Limitada”, y “Miguel Ángel Palomo Guirao, Sociedad Limitada” (MAPG), y la condena al pago al actor de la cantidad total de 3.052,44 euros [aunque la empresa “Miguel Ángel Palomo Guirao, Sociedad Limitada” (MAPG) solo responde solidariamente de 3.000 euros], más el 10 por 100 de interés por mora, pero solo de 3.000 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/001083/11, el importe del principal y 300 euros.

Asimismo, deben abonar en la Administración Tributaria las tasas judiciales conforme al modelo 696 de autoliquidación y aportar dicho ingreso con el anuncio de suplicación, en otro caso se les tendrá por desistidas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Drafer 2009, Sociedad Limitada”, “MAPG, Sociedad Limitada”, y comunidad de propietarios de “Zarzalejos IX”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/41.764/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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