Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130123-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

EDICTO

61
Procedimiento ordinario 1.035 de 2009

Por la presente, y en virtud de lo acordado en el procedimiento ordinario número 1.035 de 2009, seguido en este Juzgado por “Madrid Leasing Corporación, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por doña Ana Ballarat López, contra don Ángel Ovidio Camacho Cañar y doña Ana Luisa Enríquez Gracia, se le notifica la sentencia a doña Ana Ballarat López, contra don Ángel Ovidio Camacho Cañar y doña Ana Luisa Enríquez Gracia, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la entidad “Madrid Leasing Corporación, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por doña Ana Ballarat López, contra don Ángel Ovidio Camacho Cañar y doña Ana Luisa Enríquez Gracia, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero de bienes muebles suscritos entre las partes, condenando a la parte demandada a abonar solidariamente a la parte actora la cantidad de 3.149,58 euros como importe adeudado hasta el 26 de enero de 2009, más una cantidad igual al importe de la última cuota del contrato vencida, excluido el impuesto indirecto, por cada mes o fracción de mes que haya transcurrido entre la fecha de resolución la de la efectiva devolución del bien al arrendador financiero, más los intereses de mora pactados en el contrato, con imposición de costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación que se interpondrá ante el tribunal que ha dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación. Debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado con código de cuenta número 2544 la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado, junto con lo escrito de interposición del mismo, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Y para que sirva de notificación de don Ángel Ovidio Camacho Cañar y doña Ana Luisa Enríquez Gracia, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, que firmo en Madrid, a 25 de julio de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/121/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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