Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130123-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

144
Despidos/ceses en general 418 de 2009

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 418 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adelmo Salvador Valles Asapchi, frente a “Bursán Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre despido en general, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de constancia.—En Madrid, a 20 de septiembre de 2012.

Con fecha 11 de mayo de 2009 se dictó sentencia en la que estimando la demanda formulada por don Adelmo Salvador Valles Asapchi, contra “Bursán Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, condenando a dicha demandada a que, a su opción, que deberá realizar el empresario en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, proceda a la readmisión del trabajador o al abono de la indemnización de 2.129,93 euros, debiendo abonar, en cualquier caso, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución en la cuantía diaria de 43,65 euros.

Dicha sentencia fue notificada al demandante el día 4 de mayo de 2009 y a la demandada el día 12 de junio de 2009. Dictándose auto de aclaración de sentencia, cuya notificación se efectúo a la parte actora el día 28 de mayo de 2009 y a la demandada el día 4 de septiembre de 2009.

Con fecha 28 de diciembre de 2010 se presentó por el demandante escrito solicitando la ejecución por vía de apremio de la citada sentencia, dictándose resolución de fecha 11 de febrero de 2011 acordando no haber lugar a lo solicitado en los términos instados, al mediar opción tácita de la empresa por la readmisión.

Atendidas las circunstancias concurrentes en los presentes autos, paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña María Luz Rico Recondo.—En Madrid, a 20 de septiembre de 2012.

Dada cuenta; con carácter previo a decidir sobre el despacho de la ejecución solicitando por el actor, y como quiera que pudiera existir una inadecuación de procedimiento al haber transcurrido dos años desde que se notificó el auto de aclaración de sentencia de despido, que es firme por ministerio de Ley, dese traslado a la empresa demandada “Bursán Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y al Fondo de Garantía Salarial para que en plazo de quince días aleguen lo que su derecho convenga, y con su resultado se acordara.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bursán Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.731/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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