Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130123-95

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Ejecución 161 de 2010

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 161 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel García Sierra, contra la empresa “Graphmach System, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado diligencia de ordenación de fecha 19 de octubre de 2012 y decreto de fecha 10 de diciembre de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 19 de octubre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha recibido escrito del Juzgado de lo mercantil número 8 de Madrid en autos arriba reseñados.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 19 de octubre de 2012.

Por recibido el anterior escrito, únase en los autos de su razón y désele traslado a la parte actora para que en el plazo de cinco días manifieste lo que a su derecho convenga, procediendo nuevamente, en caso de no hacer alguna en el plazo indicado, al archivo de las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Decreto

Acuerdo: El embargo de bienes de la demandada “Desarrollo de Alojamientos Turísticos, Sociedad Anónima”; desconociéndose bienes procédase a la averiguación de los mismos a través del Punto Neutro Judicial.

En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio para responder a la cantidad de 33.412,56 euros, más 6.682,51 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas, siendo remitidos a la “Cuenta de depósito y consignaciones” de este Juzgado.

Requerir a “Graphmach System, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Líbrese oficio a la Hacienda Pública, así como a las entidades bancarias que aparecen en la averiguación patrimonial a través del Punto Neutro Judicial para que procedan a la retención de las devoluciones pendientes, así como de los saldos y depósitos de los que pudiera ser titular la ejecutada hasta cubrir las cantidades debidas.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial en legal forma.

Contra este decreto cabe recurso directo de revisión que en ningún caso tendrá efectos suspensivos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Graphmach System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.720/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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